Código de Ética
PRINCIPIOS
VALORES
A. Interés Público
A. Interés Público
Actuar buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
B. Respeto
B. Respeto
Otorgar un trato digno y cordial a las personas en general, a sus compañeros y compañeras de trabajo, superior jerárquico y subordinados, así como aceptar y entender las diferentes formas de actuar y pensar de las personas, cuando estas no contravengan ninguna norma o derecho fundamental.
C. Respeto a los Derechos Humanos
C. Respeto a los Derechos Humanos
Respetar los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los principios de Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad.
D. Igualdad y no discriminación
D. Igualdad y no discriminación
Desempeñar su empleo, cargo o comisión, con todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, salud, situación jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o por cualquier otro motivo.
E. Equidad de género
E. Equidad de género
Garantizar en el ámbito de sus competencias y atribuciones, que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos o comisiones del Instituto Electoral.
F. Entorno Cultural y Ecológico
F. Entorno Cultural y Ecológico
En el desarrollo de sus actividades evitar la afectación del patrimonio cultural y de sus ecosistemas; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.
G. Cooperación
G. Cooperación
Colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas del Instituto Electoral, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.
H. Liderazgo
H. Liderazgo
Capacidad para influir, organizar, dirigir a las personas o grupos para alcanzar la misión, visión y objetivos compartidos a través de la motivación, la buena comunicación y la resolución de problemas.
I. Responsabilidad
I. Responsabilidad
Desempeñar las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión con esmero, oportunidad, exhaustividad y profesionalismo, asumiendo las consecuencias que resulten de sus actos u omisiones en el ejercicio de las mismas.
J. Transparencia
J. Transparencia
En el ejercicio de las funciones se deberán proteger los datos personales que estén bajo la custodia del sujeto obligado, privilegiando el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que se genere, obtenga, adquiera, transforme o conserve; y en el ámbito de competencia, difundir de manera proactiva la información pública como elemento que genere valor a la sociedad.
K. Rendición de Cuentas
K. Rendición de Cuentas
Asumir plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.
DIRECTRICES
I.
I.
Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;
II.
II.
Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización;
III.
III.
Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;
IV.
IV.
Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva;
V.
V.
Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades;
VI.
VI.
Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades;
VII.
VII.
Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución Federal;
VIII.
VIII.
Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general;
IX.
IX.
Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones;
X.
X.
Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad;
XI.
XI.
Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de intereses, de acuerdo con lo establecido en esta Ley General, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión;
XII.
XII.
Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado; y
XIII.
XIII.
Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano.
ACTAS DEL COMITÉ
Aquí se publicarán las actas generadas por el Comité de Ética.
Quienes integran el Comité de Ética