Ubicación de Sedes de Mesas Directivas de Casilla
Las Mesas Directivas de Casilla son órganos electorales formados por ciudadanos, facultados para recibir la votación y realizar el escrutinio y cómputo en cada una de las Secciones Electorales en que se dividen los Distritos Electorales.
El proceso de ubicación de Casillas Electorales, se vio sustentado en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche y en especial en el Convenio de Apoyo y Colaboración que el Instituto Electoral del Estado de Campeche y el Instituto Federal Electoral firmaron con el objeto de organizar los comicios celebrados el día 6 de julio del 2003.
En este convenio, ambos organismos electorales se comprometieron a proporcionarse mutuamente y en forma inmediata, la información electoral dispuesta a través del sistema que de manera conjunta y coordinada acordaron establecer, preferenciándose la utilización de medios magnéticos.
El proceso de ubicar las Mesas Directivas de Casilla dio inicio con una
reunión de trabajo celebrada con el Instituto Federal Electoral,
estableciéndose un calendario de recorridos a partir del 16 de febrero del año
en curso, bajo los criterios que marca el artículo 352 del
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche
y el artículo 194 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales, que prácticamente coinciden en los mismos puntos, dando como
resultado 490 propuestas de lugares geográficos visitados y 36 lugares alternos
para la ubicación de Casillas Electorales.
Posteriormente, durante el mes de abril, los Consejos Electorales Distritales del Instituto Electoral del Estado de Campeche realizaron un recorrido de validación, determinando un listado de propuestas alternas de 23 Casillas Básicas, 14 Contiguas, y 14 Extraordinarias, que serían enviadas a los Consejos Electorales Distritales del Instituto Federal Electoral para su aprobación.
Después de haber analizado las propuestas de ubicación de casillas extraordinarias, el Instituto Federal Electoral aprobó la lista de ubicación de casillas extraordinarias y especiales el día 17 de abril del presente año, conformada por un total de 10 casillas especiales y 30 casillas extraordinarias, no contemplando las casillas extraordinarias solicitadas por el Instituto Electoral del Estado de Campeche. La notificación a este Instituto de la aprobación por sus Consejos Electorales Distritales de la lista definitiva de ubicación de Casillas Electorales tuvo lugar con fecha 2 de mayo del 2003.
En virtud de lo anterior, se convocó al Instituto Federal Electoral a una reunión de trabajo con fecha 12 de Mayo del 2003, para analizar las listas definitivas de casillas presentadas y proponer la reubicación de casillas electorales que no cumplían con los requisitos establecidos por el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche; reubicándose 10 casillas básicas y 9 casillas contiguas que se integraron a la lista definitiva.
Así, el día 15 de mayo del 2003, los Consejos Electorales Distritales del Instituto Federal Electoral aprobaron las casillas que por diversas causas tuvieron que reubicarse e integrarse al listado definitivo de ubicación de sedes de casillas electorales. A su vez, los Consejos Electorales Distritales las aprobaron el día 16 de mayo del 2003, y ordenaron su publicación, como lo establece el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche, en su artículo 354, fracción IV y V.
De esta forma quedaron conformadas las 870 casillas electorales que funcionarían durante la jornada electoral del 6 de julio del año 2003, y que fueron distribuidas de la siguiente manera:

A continuación se presenta la siguiente gráfica de las casillas electorales que fueron instaladas en los siguientes lugares geográficos:
