Page 2 - Yellow and Grey Modern Tech/IT Landscape Bi-Fold Brochure
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Derechos Político-Electorales                                                        Integrar autoridades electorales en
                                                                                                     las entidades federativas pudiendo
En México todas las personas gozan de los derechos humanos                                           ejercer cualquier empleo o
reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos                                        comisión, cumpliendo lo que
Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado                                     establezca la ley.
Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos                                                                   Participar como observadores
y bajo las condiciones que la misma Constitución establece.                                                                               electorales en las elecciones locales,
                                                                                                                                          federales consultas populares y
Son derechos político electorales de la ciudadanía1:                                                                                      demás formas de participación
                                                                                                                                          ciudadana.
     Votar en las elecciones para
     elegir a quienes ocuparán los                                                             Son obligaciones político electorales de la ciudadanía2 :
     cargos de elección popular.
                                                                                                     Integrar las mesas directivas de
                                       Poder ser votada en condiciones de                            casilla para el buen desarrollo de
                                       paridad para todos los cargos de                              la Jornada electoral en los
                                       elección popular cumpliendo con los                           términos que señala la Ley
                                       requisitos exigidos por la ley.                               electoral.

Asociarse   individual  y                                                                                                                     Desempeñar los cargos concejiles
                                                                                                                                              del municipio donde resida y las
libremente para tomar parte de                                                                                                                funciones electorales.

manera pacífica en los asuntos                                                                        Votar en las elecciones y en las consultas populares es un
                                                                                                      derecho pero también una obligación de la ciudanía.
políticos del país, en
                                                                                                      También es deber de la ciudadanía mexicana desempeñar los
asociaciones políticas o partidos                                                                     cargos de elección popular de la federación o de los estados,
                                                                                                      así como los cargos concejiles del municipio donde residan.
políticos.
                                                                                                                  2Artículo 36 fracción III, IV, V de la CPEUM, Artículos 8.1, 8.2 de la LEGIPE
            Afiliación libre y pacífica a los
            partidos políticos para conservar o
            ratificar su afiliación o desafiliarse a
            un determinado partido político.

1Artículos 35 fracciones I, II y III, 35 fracción VI, 41 base VI y 99 fracción V de la CPEUM,
                                   Artículos 7.1, 7.3, 7.4 y 8.1 de la LEGIPE.
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