ARTÍCULO 74.- Los sujetos obligados deberán mantener actualizada, por lo menos cada tres meses, la información para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia, salvo que la Ley General, la presente Ley y otras disposiciones normativas establezcan un plazo diverso. La publicación de la información deberá indicar el sujeto obligado encargado de generarla, así como la fecha de su última actualización. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión y constatar que se publiquen en la Plataforma Nacional cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas electrónicas, con el objeto de que el organismo garante verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
La información que no se contenga en esta página, puede ser obtenida mediante solicitud que se tramitará a través de la Unidad de Transparencia, ubicada en Avenida Fundadores No. 18, Área Ah Kim Pech, colonia San Francisco, C.P. 24014, San Francisco de Campeche, Campeche dirigida al Lic. Mauricio Eduardo Berzunza Espínola en calidad de Responsable de la citada Unidad.
Cualquier solicitud de información o de ejercicio de derechos ARCO recibida personalmente o de manera electrónica, después de las 15:00 horas se considerará interpuesta al día hábil inmediato siguiente conforme a lo establecido en el artículo Segundo, fracción XXIV de los Lineamientos para Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia.